En cumplimiento de los artículos 44 y ss. del RGPD, serán legítimas las transferencias basadas en una FUNDACION C.A.M.Ps. 4 FUNDACION C.A.M.Ps. decisión de adecuación de la Comisión Europea o en caso de existan garantías adecuadas mediante un instrumento jurídicamente vinculante y exigible entre autoridades y organismos públicos, o mediante normas corporativas vinculantes, o cláusulas tipo adoptadas o aprobadas por la Comisión, o mediante códigos de conducta o mecanismos de certificación. En caso contrario, será necesaria la autorización de la Autoridad de Control competente o, en su defecto, el consentimiento explícito del interesado u otro de los supuestos recogidos en el art. 49 RGPD. En relación con las transferencias con EEUU se deberá atender al Marco de Privacidad de datos UE-EE.UU. Le informamos que FUNDACION C.A.M.Ps. realiza transferencias internacionales de sus datos y que cumple las exigencias normativas explicadas en los párrafos anteriores. Así mismo, si los terceros realizan transferencias internacionales o no se puede verificar a través de sus propias políticas de cookies.
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